TRENTON, NJ.- A medida que se acerca la fecha de celebración del 4 de julio, la Oficina de Servicios Marítimos de la Policía Estatal de Nueva Jersey está recordando a todos los navegantes la Ley de Explosivos y Fuegos Artificiales que está vigente a través de todo el estado.
Recordaron a traves de un comunicado, que es ilegal vender, poseer o utilizar cualquier tipo de "fuegos artificiales" (es decir, dispositivos aéreos o explosivos) en cualquier parte del estado —incluyendo embarcaciones o vías navegables— sin un permiso válido.
Entre las razones que la institución menciona que no se deben utilizar fuegos artificiales al navegar son:
-Las embarcaciones pueden incendiarse debido a las chispas, las cuales pueden inflamar fácilmente los vapores del combustible, los materiales de la cubierta, la ropa u otros objetos inflamables a bordo.
-Las vías de escape son limitadas en caso de accidente y la respuesta de los servicios de emergencia se retrasa por encontrarse en el agua.
-Las embarcaciones son inestables en el agua, lo que puede provocar que los fuegos artificiales se vuelquen, fallen o se disparen en direcciones peligrosas.
-El viento sobre el agua puede arrastrar chispas o proyectiles de vuelta hacia la propia embarcación o hacia otras cercanas.
-Los residuos y productos químicos de los fuegos artificiales caen directamente al agua, lo que puede dañar la fauna y contaminar el medio ambiente.
-El humo de los fuegos artificiales puede reducir la visibilidad en el agua, creando peligros para la navegación nocturna.
Diviértase y manténgase seguro en el agua; y recuerde: los fuegos artificiales no tienen lugar en una embarcación.
sábado, 27 de junio de 2026
New
Policía Estatal de NJ recuerda Ley de Explosivos y Fuegos Artificiales
About Julián Quezada
Templatesyard is a blogger resources site is a provider of high quality blogger template with premium looking layout and robust design. The main mission of templatesyard is to provide the best quality blogger templates.
Nueva Jersey
Etiquetas:
Nueva Jersey

No hay comentarios:
Publicar un comentario